Si te preguntas qué son las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en Madrid y cómo afectan a la circulación de tu vehículo, tenemos todas las respuestas que estabas buscando. En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber sobre la ZBE de Madrid: sus límites, las normas y excepciones para moverte por la ciudad sin preocupaciones.
Una Zona de Bajas Emisiones (ZBE) es un área urbana en la que se establecen una serie de restricciones de acceso a determinados vehículos. El objetivo principal de estas restricciones es mejorar la calidad del aire en Madrid y contribuir a la lucha contra el cambio climático.
La iniciativa Madrid Central, implementada en 2018, marcó el primer paso hacia la creación de las ZBE, buscando reducir la contaminación y proteger la salud pública. En 2022, se dio un paso más con la puesta en marcha de la Zona de Bajas Emisiones limitando el acceso de los vehículos más contaminantes.
Según la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, todos los municipios con más de 50.000 habitantes, territorios insulares y los municipios de más de 20.000 habitantes que superen los límites establecidos, estaban obligados a implementar una ZBE antes de 2023.
La ZBE de Madrid ocupa todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid, es decir, los 21 distritos y sus correspondientes barrios que componen la ciudad.
Además, dentro de la ciudad también existen dos ZBE de Especial Protección (ZBEDEP): la ZBE Distrito Centro y la ZBE Plaza Elíptica. Estas dos ZBE tienen mayores restricciones de acceso y estacionamiento que la ZBE general.
En el caso de las ZBE de Especial Protección, en términos generales, los vehículos sin etiqueta no pueden acceder, circular y estacionar, salvo las tres excepciones anteriormente comentadas.
Con un vehículo con etiqueta 0 podrás acceder, circular y estacionar sin restricciones.
Con un vehículo con etiqueta ECO podrás acceder y circular sin restricciones y estacionar en la zona de Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) un máximo de 2 horas. En el caso de que estés empadronado en la zona centro, podrás aparcar en las zonas habilitadas para residentes.
Los vehículos con etiquetas C o B solo pueden acceder y circular por la ZBE de Especial Protección si estacionan en un parking autorizado. Ten en cuenta que, con estas dos etiquetas, no podrás estacionar en la zona del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) que esté dentro de la ZBE de Especial Protección. En el caso de que estés empadronado en el Distrito Centro, podrás acceder, circular y estacionar sin restricciones.
Además, también se han aprobado otras excepciones hasta 2026 para los vehículos no empadronados en Madrid:
A partir del 1 de enero de 2026 finalizará la moratoria aprobada por el Ayuntamiento de Madrid y, a partir de esa fecha, no podrá circular ningún vehículo sin distintivo ambiental salvo tres excepciones:
Cualquier vehículo con distintivo ambiental puede circular por la ZBE de Madrid. Esto incluye las etiquetas B, C, ECO y 0 emisiones. Toda nuestra gama de vehículos E-Tech cuentan con etiqueta medioambiental para que puedas moverte con libertad por las Zonas de Bajas Emisiones.
Las restricciones de la ZBE y las ZBE de Especial Protección no afectan a los vehículos de Personas con Movilidad Reducida que tengan la tarjeta de estacionamiento correspondiente.
Sí. A los vehículos con matrícula extranjera les afectan las mismas restricciones que los vehículos con matrícula española. Para saber si puedes circular o no, la DGT ha publicado tablas de equivalencias de etiquetas medioambientales para Alemania, Austria, Dinamarca y Francia.
Circular por una ZBE sin la etiqueta medioambiental implica una multa 200 euros. Con la opción de pronto pago la cuantía de la multa se reduce a 100 euros y no conlleva pérdida de puntos.
La ZBE de Madrid se encuentra activa todos los días y todas las horas del año. En el caso de la ZBEDEP Distrito Centro, sí existen unas limitaciones horarias que afectan a los vehículos industriales y que varían en función del distintivo del vehículo.
La ZBE general de Madrid no requiere de ninguna autorización especial para circular. Las ZBE que precisan de una autorización para acceder y estacionar en la vía pública son las dos ZBE de Especial Protección (Centro y Plaza Elíptica) en el caso de no estar empadronado en dichas ZBEDEP. En ese caso, los residentes podrán tramitar hasta 20 invitaciones mensuales de 24 h de duración para que los vehículos C y B puedan acceder a la ZBEDEP sin tener que aparcar en un parking.
Estas invitaciones se pueden solicitar online en la página web del Ayuntamiento de Madrid, por teléfono llamando al 010 o las redes sociales X y Facebook Messenger contactando con el usuario @Lineamadrid.
Para facilitar la compra de vehículos menos contaminantes, el Ayuntamiento de Madrid tiene en marchas una serie de ayudas bajo el nombre de Cambia 360. Aquí podrás consultar todas las ayudas disponibles y que son compatibles con nuestra gama E-Tech de vehículos híbridos, híbridos enchufables y 100% eléctricos.